Multas Más Frecuentes para Motos en Colombia: Valores y Normas 2026

Los motociclistas constituyen más del 62% del parque automotor circulante en Colombia y representan el actor vial con mayor vulnerabilidad en siniestros de tránsito. Por esta razón, el Código Nacional de Tránsito y el Ministerio de Transporte han expedido normativas técnicas y operativas muy rigurosas y específicas para vehículos de dos ruedas. Infracciones aparentemente menores como llevar el casco sin abrochar, transitar por la berma o no portar chaleco después de las 6:00 p.m. pueden derivar en costosas multas e inmovilización inmediata en grúa. En esta guía te detallamos las infracciones más comunes, sus costos actualizados para 2026, la reglamentación de cascos bajo la Resolución 23385 y las restricciones vigentes de parrillero.

Top de multas más comunes para motos en Colombia (Tabla 2026)

A continuación presentamos las infracciones de tránsito más fiscalizadas en puestos de control urbano y carreteras nacionales para motocicletas:

Código Descripción de la Falta Valor Pleno 2026 Con Desc. 50% (5 días) ¿Aplica Grúa/Patio?
D02 Conducir sin SOAT vigente 30 SMDLV (~$1.315.000 COP) ~$657.500 COP SÍ (Obligatorio)
C35 Revisión Técnico-Mecánica vencida 15 SMDLV (~$657.500 COP) ~$328.750 COP SÍ (Obligatorio)
D05 Transitar por andenes, aceras o ciclorrutas 30 SMDLV (~$1.315.000 COP) ~$657.500 COP SÍ (Obligatorio)
C38 Casco no reglamentario o desabrochado 15 SMDLV (~$657.500 COP) ~$328.750 COP SÍ (si no subsana)
B02 No portar chaleco reflectivo (6:00 pm a 6:00 am) 8 SMDLV (~$350.000 COP) ~$175.000 COP NO
C24 Adelantar entre vehículos o no conducir por la derecha 15 SMDLV (~$657.500 COP) ~$328.750 COP NO
B01 Conducir con licencia vencida o sin portarla 8 SMDLV (~$350.000 COP) ~$175.000 COP SÍ (inmovilización preventiva)

Norma de Cascos Reglamentarios (Resolución 23385 de 2020)

La Resolución 23385 del Ministerio de Transporte fijó las condiciones técnicas de uso obligatorio de cascos para motociclistas en Colombia, las cuales son objeto de estricto control:

  1. Cabeza totalmente inmersa en la coraza: El casco debe cubrir completamente la bóveda craneal. Se prohíbe llevar el casco sobrepuesto en la frente o en la nuca.
  2. Sistema de retención abrochado: La correa debe pasar por debajo del mentón y estar debidamente asegurada con el broche micrométrico o hebilla de doble anilla D, sin correas deterioradas ni holguras.
  3. Cascos modulares o abatibles cerrados: Si el casco cuenta con mentonera abatible, esta debe ir completamente cerrada y trabada durante la marcha. Solo se puede levantar cuando la motocicleta esté totalmente detenida.
  4. Prohibición absoluta de celulares bajo el casco: Está taxativamente prohibido encajar el teléfono móvil entre la mejilla y el acolchado del casco mientras se conduce. Solo se autoriza el uso de intercomunicadores bluetooth o sistemas manos libres.
  5. Certificación de seguridad: El casco debe portar la etiqueta indeleble de homologación internacional (DOT, ECE 22.05 / ECE 22.06 o NTC 4533).

Horarios, características y obligatoriedad del chaleco reflectivo

El Artículo 94 del Código Nacional de Tránsito establece que los conductores de motocicletas y sus acompañantes deben vestir chalecos o chaquetas reflectivas de manera obligatoria:

  • Horario estricto: Entre las 18:00 horas (6:00 p.m.) y las 06:00 horas (6:00 a.m.) del día siguiente.
  • Condiciones climáticas adversas: En cualquier momento del día cuando la visibilidad sea escasa debido a lluvia torrencial, niebla o humo en la vía.
  • Especificaciones reflectivas: La prenda debe contar con franjas de material retrorreflectivo de mínimo 5 centímetros de ancho que garanticen visibilidad a más de 150 metros de distancia.
  • ¿Es obligatoria la placa en el casco?: La Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban) derogó la obligación de estampar la placa de la moto en el casco, pero se mantiene la exigencia de que el chaleco permita la identificación del automotor.

Peligros y costos de transitar por andenes o ciclorrutas (Infracción D05)

Infracción D05 - Inmovilización Inmediata: Subirse al andén peatonal, al separador verde, a puentes peatonales o a la ciclorruta para evadir un trancón es una de las faltas más perseguidas por los agentes de tránsito. Acarrea una multa de 30 salarios mínimos diarios (~$1.315.000 COP) más el traslado inmediato de la moto a los patios en grúa cama-baja.

Los andenes son espacios de uso exclusivo para peatones y personas con movilidad reducida; la invasión motorizada genera un riesgo inminente para la vida de los transeúntes.

Zigzagueo y adelantamiento entre carriles (Infracción C24)

Aunque el filtrado o tránsito entre vehículos detenidos en un semáforo es una práctica habitual en Colombia, el Código Nacional de Tránsito prohíbe el adelantamiento zigzagueante entre automotores en movimiento (infracción C24):

  • Las motocicletas deben ocupar un carril completo en la marcha, al igual que cualquier vehículo de cuatro ruedas.
  • El adelantamiento debe realizarse siempre por la izquierda utilizando las luces direccionales.
  • Transitar por la berma derecha de las carreteras nacionales está terminantemente prohibido.

Normativa de parrillero (acompañante) y restricciones por ciudades

Diversas alcaldías en Colombia expiden decretos locales de seguridad ciudadana que restringen el parrillero:

  • Restricción de parrillero hombre: En ciudades como Bogotá, Cali, Medellín, Bucaramanga o Cartagena se aplican periódicamente decretos que prohíben la circulación de parrillero masculino mayor de 14 años en ciertos polígonos urbanos o durante fines de semana.
  • Edad mínima para acompañantes: Está prohibido transportar menores de diez (10) años en motocicletas según el Código de Tránsito.
  • Elementos de seguridad para el parrillero: El acompañante debe portar casco reglamentario debidamente abrochado y chaleco reflectivo nocturno en idénticas condiciones que el conductor.

Preguntas Frecuentes

¿Si no llevo puesto el chaleco reflectivo a las 5:50 p.m. me pueden multar?

No. La norma estipula con precisión que la obligatoriedad inicia a las 18:00 horas (6:00 p.m.), a menos que exista lluvia densa o niebla que reduzca la visibilidad.

¿Las motos pagan peaje en las carreteras de Colombia?

No. Por mandato legal expreso, todas las motocicletas están 100% exentas del cobro de peajes en la totalidad de las estaciones concesionadas y públicas del país.

¿Puedo llevar una caja o maleta de encomiendas en la moto?

Sí, siempre y cuando la carga no sobrepase el ancho del manubrio, no tape las luces traseras ni la placa y esté firmemente anclada al chasis de la motocicleta.

¿Si me multan por casco desabrochado me inmovilizan la moto de inmediato?

El agente debe otorgar un tiempo prudencial (hasta 45 minutos) para que el infractor subsane la falta abrochándose el casco o consiguiendo uno homologado antes de subir la moto a la grúa.

¿Puedo pagar las multas de moto con el 50% de descuento?

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