Traspaso de Vehículo en Colombia: Requisitos, Paz y Salvo y Multas 2026

Realizar el traspaso formal de propiedad vehicular ante el organismo de tránsito de matrícula es el único acto jurídico que perfecciona la transferencia del dominio de un carro o moto en Colombia. Dejar traspasos "abiertos", vender únicamente con contrato privado de compraventa o confiar en promesas verbales es una de las equivocaciones más graves que cometen los ciudadanos, exponiendo al vendedor a embargos coactivos, cobro de impuestos departamentales y fotomultas de por vida. En esta guía detallada te explicamos los requisitos vigentes en 2026, el rol estricto del Paz y Salvo SIMIT, los costos desglosados y el procedimiento de Traspaso a Persona Indeterminada.

Requisitos obligatorios y documentos para el traspaso en 2026

Para que el organismo de tránsito radique exitosamente la solicitud de cambio de propietario, se debe consolidar la siguiente carpeta documental:

  • Inscripción activa en el RUNT: Tanto el comprador como el vendedor deben estar registrados con firma y huella digital biométrica en el RUNT.
  • Formulario Único de Trámite (FUT): Diligenciado en original con firmas de las partes y las improntas legibles adheridas al respaldo (número de motor, chasis, serie o VIN).
  • Contrato de compraventa o documento de mandato: Contrato que acredite la transacción comercial con firmas autenticadas ante notaría pública o mediante biometría digital autorizada.
  • SOAT y Revisión Técnico-Mecánica vigentes: Verificados directamente en la base de datos nacional del RUNT.
  • Paz y Salvo de Impuesto Vehicular: Certificado de pago de los últimos cinco (5) años de impuestos sobre vehículos automotores ante la Secretaría de Hacienda Departamental correspondiente.

El Paz y Salvo SIMIT: Condición indispensable de comprador y vendedor

Bloqueo Sistémico Inmediato en el RUNT: Por disposición expresa del Artículo 10 de la Ley 769 de 2002, para cualquier trámite de tránsito tanto el comprador como el vendedor deben encontrarse a Paz y Salvo por concepto de multas y comparendos en el SIMIT. Si el comprador tiene un comparendo de moto sin pagar de hace dos años o si el vendedor tiene una fotomulta pendiente, el sistema del RUNT bloqueará la radicación del trámite de manera automática, sin excepción posible.

La única alternativa que permite radicar el traspaso teniendo multas pendientes es que el deudor cuente con un Acuerdo de Pago formalmente suscrito y al día en sus cuotas, el cual refleja estado válido en la plataforma nacional.

Costos del trámite, derechos de tránsito y Retención en la Fuente del 1%

Los gastos notariales y de tránsito asociados a la legalización de la compraventa suelen dividirse por costumbre comercial 50% y 50% entre las partes, salvo la retención en la fuente que le corresponde al vendedor:

Concepto de Cobro Tarifa Promedio 2026 A Quién le Corresponde Legalmente
Derechos de Tránsito Municipal + RUNT ~$185.000 COP (Motos) / ~$240.000 COP (Carros) 50% Comprador / 50% Vendedor (por acuerdo)
Retención en la Fuente (1%) 1% sobre el avalúo comercial oficial del Ministerio 100% Vendedor (anticipo tributario de renta)
Autenticación de firmas / Biometría notarial ~$25.000 a ~$45.000 COP 50% Comprador / 50% Vendedor
Toma de improntas profesionales (químicas) ~$30.000 a ~$50.000 COP A convenir entre las partes

Peligros reales de vender con traspaso abierto o sin legalizar

Firmar un contrato de compraventa y entregar el carro con la tarjeta de propiedad sin radicar el trámite oficial ante Tránsito genera contingencias de extrema gravedad para el vendedor:

  • Fotomultas a tu nombre: Todas las infracciones detectadas por cámaras automáticas en cualquier rincón del país seguirán llegando a tu número de cédula, con riesgo de cobro coactivo.
  • Embargos bancarios por impuestos: Las Secretarías de Hacienda departamentales te seguirán cobrando el impuesto vehicular anual. Al cabo de 3 años, congelarán tus cuentas bancarias.
  • Responsabilidad civil y penal en accidentes: Si el comprador o un tercero atropella a un peatón o causa un siniestro fatal y se da a la fuga, la Fiscalía vinculará al propietario registrado en la tarjeta de propiedad como responsable civil solidario.

Cómo solucionar un traspaso abierto: Traspaso a Persona Indeterminada

Si vendiste tu vehículo hace años bajo la modalidad de traspaso abierto y no sabes quién lo tiene ni dónde ubicar al comprador, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 3282 de 2019 (prorrogada por la Resolución 20223040055235) que te permite desvincularte definitivamente:

  1. Demostrar el paso del tiempo: Que hayan transcurrido mínimo tres (3) años continuos desde el momento en que perdiste la posesión material del vehículo.
  2. Estar a Paz y Salvo en impuestos y SIMIT: Haber cancelado las multas a tu nombre y los impuestos departamentales del automotor.
  3. Radicar declaración juramentada: Manifestar bajo la gravedad de juramento las razones por las cuales desconoces el paradero del automotor y la identidad del poseedor actual.
  4. Cancelación provisional en RUNT: Tránsito registrará el automotor a nombre de "Persona Indeterminada". A partir de ese segundo, se detiene la causación de nuevos impuestos y fotomultas contra tu cédula. Si pasados 3 años nadie legaliza el vehículo, la matrícula se cancela de forma definitiva.

Preguntas Frecuentes

¿Si tengo un acuerdo de pago vigente en el SIMIT puedo comprar o vender un carro?

Sí. Los acuerdos de pago formalmente suscritos y al día en sus cuotas mensuales permiten la validación positiva en el RUNT para realizar traspasos sin necesidad de pagar el total de la deuda.

¿Cuánto tiempo tarda la Secretaría de Tránsito en expedir la nueva tarjeta de propiedad?

En ciudades principales con ventanillas digitales (como Bogotá o Medellín), la nueva Licencia de Tránsito a nombre del comprador se expide habitualmente en un lapso de 24 a 72 horas hábiles tras la radicación.

¿Se puede hacer el traspaso de un vehículo con prenda bancaria?

Solo si el banco acreedor emite la carta oficial de levantamiento de prenda o si se radica simultáneamente el trámite de subrogación de crédito con la aprobación de la entidad financiera.

¿El comprador debe pagar retención en la fuente?

No. Por mandato tributario de la DIAN, la retención en la fuente del 1% es un impuesto que grava el ingreso obtenido por el vendedor del bien.

¿Qué pasa si las improntas del motor son ilegibles o están oxidadas?

El organismo de tránsito exigirá un peritaje técnico de revenido químico ante la SIJIN de la Policía Nacional para certificar la originalidad de los guarismos antes de autorizar el traspaso.

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